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COMUNICADO DE PRENSA
Número de Comunicado: 2025- 52
Fecha: 9 de junio de 2025

La Comisionada Laboral de California recuerda a los empleadores los derechos y obligaciones legales según las leyes laborales del estado

Los Ángeles—La Comisionada Laboral recuerda a todos los empleadores que las leyes laborales de California protegen a cada trabajador en el estado, sin importar su estatus migratorio. Todos los empleadores están legalmente obligados a cumplir con todas las leyes laborales estatales, incluidas aquellas relacionadas con inmigración.

Las personas trabajadoras que presentan reclamaciones salariales, quejas por represalias o ejercen otros derechos bajo las leyes laborales de California no están obligadas a revelar su estatus migratorio. La Oficina de la Comisionada Laboral no pregunta por el estatus migratorio de ninguna persona que busque asistencia o protección conforme a la ley laboral de California.

Las personas trabajadoras están protegidas contra prácticas injustas relacionadas con inmigración, incluyendo las represalias. Es ilegal que un empleador tome represalias contra un trabajador por ejercer estas protecciones o por no cumplir con los avisos obligatorios relacionados con acciones de inmigración en los lugares de trabajo. Las violaciones a estas leyes pueden resultar en multas de hasta $10,000 por violación, conforme a las secciones 90.2, 1019, 1019.1 y 1019.2 del Código Laboral de California.

Sección del Código Laboral Descripción
90.2 El empleador debe proporcionar notificación oportuna a los trabajadores sobre acciones de control migratorio en el lugar de trabajo (pueden usar la notificación modelo gratuita de la Comisionada Laboral). Debe informar los resultados y notificarle de su derecho a representación para atender deficiencias.
98.6 El empleador no debe tomar represalias contra un trabajador por presentar un reclamo o queja ante la Comisionada Laboral o por ejercer sus derechos conforme a las leyes laborales de California.
244 Constituye como una acción adversa cuando un empleador informa o amenaza con informar sobre el estatus migratorio o de ciudadanía de un trabajador, exempleado, solicitante o familiar porque dicha persona ejerció un derecho conforme al Código Laboral, el Código de Gobierno o el Código Civil.
1019 Un empleador no debe cometer prácticas injustas relacionadas con la inmigración, como solicitar más documentos o documentos distintos a los requeridos por la ley federal; hacer uso indebido del sistema E-Verify; presentar o amenazar con presentar un informe falso ante una agencia gubernamental, y amenazar con contactar o contactar a las autoridades de inmigración cuando un empleado haya ejercido actividades protegidas por el Código Laboral o por ordenanzas locales.
1019.1 Un empleador que viole la sección 1019 puede recibir una sanción de hasta $10,000 por violación.
1019.2 Un empleador que verifique la elegibilidad para empleo de una forma no exigida por ley federal puede recibir una multa de $10,000.
1171.5 Los trabajadores tienen derecho a todas las protecciones disponibles bajo la ley estatal, sin importar su estatus migratorio.

Bajo las leyes de California sobre prácticas injustas relacionadas con la inmigración, se prohíbe a los empleadores:

  • Solicitar más o diferentes documentos de los requeridos por ley federal.
  • Hacer uso indebido del sistema E-Verify.
  • Amenazar con presentar un informe falso ante una agencia gubernamental.
  • Amenazar con contactar o contactar a autoridades migratorias.

Además, los empleadores deben cumplir con las disposiciones de notificación cuando haya inspecciones de inmigración y deben informar a la representación autorizada sobre la actividad y el resultado.

Recursos adicionales

La Comisionada Laboral ha establecido el Programa de Compromiso Empresarial para brindar capacitación sobre estas obligaciones legales. Para solicitar capacitación, hacer preguntas o denunciar a un competidor que actúa de forma injusta, se puede escribir a MakeItFair@dir.com.

Acerca de la Oficina de la Comisionada Laboral 

Dentro del Departamento de Relaciones Industriales, la División de Cumplimiento de Normas Laborales (Oficina de la Comisionada Laboral de California) combate el robo de sueldo y la competencia injusta mediante la investigación de denuncias sobre prácticas comerciales ilegales e injustas. 
En 2020, la Oficina lanzó una campaña de alcance multifacético llamada “Reaching Every Californian” (Alcanzando a Cada Californiano). La campaña amplifica las protecciones básicas y abre caminos hacia las poblaciones afectadas, para que tanto trabajadores como empleadores comprendan sus protecciones y obligaciones legales, así como los procedimientos de cumplimiento de la Oficina de la Comisionada Laboral. 
  
Los trabajadores que tengan preguntas sobre las leyes laborales que hace cumplir la Oficina de la Comisionada Laboral pueden llamar al 1-833-LCO-INFO (833-526-4636) de lunes a viernes, entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m. 

Los californianos pueden seguir a la Comisionada Laboral en Facebook y Twitter.    

Los empleadores que tengan preguntas sobre los requisitos pueden comunicarse con: MakeItFair@dir.ca.gov 

Contacto para medios de comunicación: Communications@dir.ca.gov, (510) 286-1161