COVID-19 Preguntas Frecuentes sobre Pruebas y Vacunas

Las Horas de Enfermedad Pagadas Suplementarias por COVID-19 de 2022 se vencieron el 31 de diciembre de 2022

Desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, California requería que casi todos los empleadores provean a trabajadores hasta 80 horas de enfermedad pagadas suplementarias por razones de COVID-19. Los empleadores con 26 o más empleados durante este periodo tenían que proveer estas horas pagadas para trabajadores que necesitan quedarse en casa debido a una enfermedad de COVID-19, exposición, cuidado de un familiar, prueba o vacuna de COVID-19, para recuperarse de efectos secundarios y más. Si un trabajador faltó al trabajo sin pago adecuado, deben ser pagados por estas horas de enfermedad. Más información está disponible en las Preguntas Comunes de la Comisionada Laboral.

  1. ¿Está obligado mi empleador a compensarme por el tiempo dedicado a obtener la prueba o vacuna COVID-19?

    Si el empleador exige a un empleado someterse a la prueba COVID-19 o vacunarse (consulte las preguntas frecuentes del Departamento de Vivienda y Empleo Justo  para orientarse sobre los tipos de pruebas COVID-19 que puede exigir un empleador y sobre la vacunación), entonces el empleador debe pagar el tiempo que dure la prueba o la vacunación, incluido el tiempo de viaje.

    El empleador debe pagar por el tiempo que tome la prueba o vacunación porque ese tiempo constituiría "horas trabajadas." El término "horas trabajadas" significa el tiempo durante el cual un empleado está sujeto al control de un empleador, e incluye todo el tiempo que el empleado tolera o se le permite trabajar, esté o no obligado a hacerlo. Según esta definición, una forma de determinar si el tiempo que un empleado dedica a realizar una tarea debe pagarse como tiempo trabajado es si el empleador ejerció control sobre éste al exigirle que realizara esa tarea.  Si un empleador exige que un empleado se someta a una prueba médica o vacuna, el tiempo asociado a la realización de éstas, incluido el tiempo de viaje y espera para la realización de la prueba o vacuna, constituiría tiempo trabajado. Sin embargo, a menos que se requiera lo contrario, el tiempo de espera de los resultados de la prueba COVID-19 no se compensa como horas trabajadas, aunque el empleado puede utilizar un permiso pagado mientras espera los resultados. 

    Un empleador no puede exigir al empleado que utilice un permiso pagado si el tiempo se considera "horas trabajadas" como se indicó anteriormente.

    Si el tiempo no se considera "horas trabajadas", el empleado puede utilizar su permiso pagado para ausentarse del trabajo para obtener pruebas o vacunas. Las horas de enfermedad pagadas regulares pueden utilizarse para atención preventiva, que incluye pruebas médicas y vacunas, para el empleado o miembros de su familia, y están protegidas contra represalias según el Código Laboral.

  2. ¿Está obligado mi empleador a compensarme por el costo de una prueba COVID-19 o por el costo, si existe, de recibir una vacuna COVID-19?

    Sí, si un empleador exige expresamente a un empleado que se someta a una prueba o vacuna COVID-19, o si el empleado se somete a las mismas como consecuencia directa del desempeño de sus deberes (es decir, la prueba o la vacuna son efectivamente necesarias para un trabajo), el empleador debe pagar los costos de ambas, ya que se trata de un reembolso de gastos empresariales necesarios. Si el empleador exige una prueba o vacuna y no hay lugar asignado para realizarlas, los empleados deben preguntar qué lugares o proveedores son aceptables para el empleador a fin de evitar disputas por el costo.

    Si las pruebas o vacunación se realizan en un lugar distinto al lugar habitual de trabajo del empleado, éste también puede tener derecho a reembolso de gastos necesarios para ir y volver de dicho lugar.

  3. ¿Qué protecciones contra represalias se aplican a las vacunaciones?

    El Departamento de Vivienda y Empleo Justo (DFEH, por sus siglas en inglés) hace cumplir una disposición contra la represalia en base al Código de Gobierno que protege a los empleados que buscan adaptaciones razonables para una discapacidad o genuina creencia o práctica religiosa, entre otras actividades protegidas. Más información sobre esta protección está disponible en el sitio web de DFEH https://www.dfeh.ca.gov/.

    Además, la Oficina de Comisionado Laboral hace cumplir las protecciones contra la represalia que puedan aplicarse a acciones que los empleados realizan en relación con la vacunación, como el uso de las horas de enfermedad pagadas para vacunarse. Una lista de leyes que la Comisionada Laboral hace cumplir y que generalmente prohíben las represalias se provee Aquí.

December 2020