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COMUNICADO DE PRENSA
No. de Comunicado: 2021-48
26 de abril de 2021

DIR y la Oficina del Comisionado Laboral de California lanzan herramienta de internet para horas de enfermedad pagadas por COVID-19

Oakland—El Departamento de Relaciones Industriales (DIR, por sus siglas en inglés) y su Oficina del Comisionado Laboral de California han lanzado una herramienta de internet en inglés y español que ofrece información clave sobre la nueva ley de Horas de Enfermedad Pagadas Suplementarias por COVID-19 de 2021, el Proyecto de Ley del Senado No. 95, firmado por el gobernador Newsom el 19 de marzo.

“La ley de Horas de Enfermedad Pagadas Suplementarias de 2021 otorga a los trabajadores hasta 80 horas de enfermedad pagadas si ellos o un miembro de su familia no pueden trabajar o no pueden trabajar a distancia debido a COVID-19, incluyendo por razones relacionadas con la vacuna”, dijo la comisionada laboral Lilia García-Brower. “Diseñamos esta herramienta para que los trabajadores y sus empleadores puedan obtener información sobre las opciones de horas de enfermedad pagadas para los trabajadores”.

La ley, que entró en vigor el 29 de marzo y es retroactiva al 1 de enero de 2021, requiere que los trabajadores de California reciban hasta dos semanas de horas de enfermedad pagadas suplementarias si están afectados por COVID-19. Entre las principales actualizaciones de la nueva legislación, las horas de permiso ahora también se aplican para asistir a una cita para vacunarse contra COVID-19 y recuperarse de los síntomas relacionados a la vacuna. La nueva ley está en vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021. Las pequeñas empresas que emplean a 25 trabajadores o menos están exentas de esta ley, pero pueden ofrecer horas de enfermedad pagadas suplementarias y recibir un crédito fiscal federal, si son elegibles.

La herramienta de internet, disponible en inglés y español, ayuda a los trabajadores y empleadores a confirmar si son elegibles para horas de enfermedad pagadas suplementarias por COVID-19, al responder a preguntas breves y sencillas sobre el impacto que COVID-19 tiene en la capacidad del empleado para trabajar. Los trabajadores y empleadores no necesitan proporcionar un nombre u otros datos personales para determinar su elegibilidad. Además, las preguntas frecuentes sobre las horas de Enfermedad Pagadas Suplementarias se publican en línea en inglés y español.
En las preguntas frecuentes, los trabajadores pueden encontrar información sobre:

  • Circunstancias requeridas para tomar el permiso por COVID-19
  • Cómo solicitar horas de enfermedad pagadas a su empleador
  • Dónde presentar un reclamo si no le pagaron por el permiso
  • Qué derechos tiene como empleado cubierto

Los empleadores pueden encontrar información sobre:

  • Cuándo deben los empleadores pagar las horas de enfermedad por COVID-19
  • Calcular las horas de enfermedad para los empleados de tiempo completo y de medio tiempo
  • Requisitos para informar a los empleados sobre la nueva ley
  • Cómo calcular y enumerar las horas de enfermedad pagadas en los talones de pago

La ley también incluye disposiciones exclusivas para los bomberos. La ley define lo que constituye un bombero “activo” e identifica las agencias de bomberos cubiertas bajo SB 95.

Los empleados también pueden ser elegibles para los beneficios de compensación para el trabajador si creen que su enfermedad de COVID-19 está relacionada con el trabajo. En ese caso, los trabajadores deben informar a sus empleadores sobre su enfermedad relacionada con sus funciones laborales lo más pronto posible y presentar un reclamo de compensación de los trabajadores que paga el tratamiento médico y los salarios parciales durante la recuperación. Para obtener ayuda, por favor comuníquese con la Unidad de Información y Asistencia de la División de Compensación de los Trabajadores o llame al 1-909-383-4341.

Se alienta a los trabajadores cuyos empleadores se niegan a proporcionar horas de enfermedad pagadas suplementarias por COVID-19 según lo exige la ley, o que impiden que los trabajadores tengan acceso a horas de enfermedad pagadas, que llamen a la Oficina del Comisionado Laboral al 833-LCO-INFO (833-526-4636) para presentar un reclamo salarial.

La División de Cumplimiento de Normas Laborales del Departamento de Relaciones Industriales, o la Oficina del Comisionado Laboral de California, combate el robo de salarios y la competencia desleal, investigando denuncias de prácticas comerciales ilegales e injustas. Los californianos pueden seguir al Comisionado Laboral en Facebook y Twitter.

Contacto : Paola Laverde / Erika Monterroza, Communications@dir.ca.gov, (510) 286-1161