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COMUNICADO DE PRENSA
No. de Comunicado: 2021- 77
Fecha: 27 de julio de 2021 

La Oficina de la Comisionada Laboral de California sanciona a tres tiendas de mercado El Super $447,836 por no proveer horas de enfermedad pagadas suplementarias por COVID-19

Los Angeles—La Oficina de la Comisionada Laboral sancionó a tres tiendas de mercado El Super en el sur de California por la falta de proveer o demorar el pago de horas de enfermedad suplementarias (SPSL, por sus siglas en inglés) u otros beneficios a 95 trabajadores afectados por COVID-19.  Algunos de los empleados fueron obligados a trabajar mientras estaban enfermos, a otros se les dijo que solicitaran desempleo mientras estaban en cuarentena o en aislamiento, mientras a otros esperaron meses para recibir pago.

Se emitieron las sanciones a Bodega Latina Corporation, una corporación de Delaware que opera bajo el nombre de El Super con 52 tiendas en California. Se sancionaron las tiendas en las siguientes ubicaciones en los condados de Los Angeles y San Bernardino:

  • 1100 W Slauson Avenue, Los Angeles 90044
  • 10721 Atlantic Avenue, Lynwood 90262
  • 14590 Bear Valley Road # 28, Victorville 92395

“Las horas de enfermedad pagadas suplementarias tiene por objeto de evitar que los trabajadores se vean obligados a elegir entre su salud y mantener a sus familias”, dijo la comisionada laboral Lilia García-Brower. “Estas violaciones exponen a los trabajadores, sus familiares y los clientes de El Super a riesgos innecesarios para la salud.”

La Oficina de la Comisionada Laboral abrió una investigación el 9 de septiembre de 2020 después de recibir quejas de los trabajadores y una referencia del sindicato de United Food and Commercial Workers International Union quien representa a trabajadores de tiendas de mercado. Los investigadores determinaron que el empleador no informó sistemáticamente a los trabajadores de sus derechos a SPSL si se veían afectados por COVID-19. En algunos casos, a empleados enfermos se les dijo que fueran a trabajar hasta que recibieran los resultados de las pruebas, aunque tuvieran síntomas de COVID-19. Para cubrir el tiempo de aislamiento, a algunos trabajadores se les dijo que solicitaran desempleo o discapacidad. Además, muchos fueron negados tiempo libre para aislarse, aunque miembros de su hogar habían dado positivo. A algunos trabajadores, nunca se les pagó por su tiempo libre debido a COVID-19

“SPLS es una herramienta para detener la propagación de COVID-19”, añadió García-Brower. “Mi oficina está trabajando para asegurar que los trabajadores afectados por COVID-19 tengan acceso a tiempo pagado para cuidase a sí mismos y a sus familiares.”

Las sanciones incluyen $114,741.67 en sueldos, daños e intereses por falta de proveer permiso según el SPSL del 2020 por COVID-19 para trabajadores del sector alimentario (Código Laboral, § 248) y $14,894.66 en sueldos daños e intereses por falta de proveer permiso según el SPSL del 2021 por COVID-19 para empleadores con 26 o más empleados (Código Laboral, § 248.2). Además, se impuso $318,200 en penalidades por falta de pago o pago retrasado del SPSL (Código Laboral, § 246 (n)).

El SPSL del 2021, que entró en vigor el 29 de marzo y es retroactivo al 1 de enero de 2021, requiere que los trabajadores de California reciban hasta dos semanas de horas de enfermedad pagadas suplementarias si están afectados por COVID-19. Entre las principales actualizaciones de la nueva legislación, las horas de permiso ahora también se aplican para asistir a una cita para vacunarse contra COVID-19 y recuperarse de los síntomas relacionados a la vacuna. La nueva ley está en vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021. Las pequeñas empresas que emplean a 25 trabajadores o menos están exentas de esta ley, pero pueden ofrecer horas de enfermedad pagadas suplementarias y recibir un crédito fiscal federal, si son elegibles.

Cualquier persona que actualmente trabaja o ha trabajado en El Super en los últimos 15 meses quien creer que su empleador ha negado a proporcionar horas de enfermedad pagadas u horas de enfermedad pagadas suplementarias por COVID-19 como lo exige se les anima a llamar la línea de atención confidencial de la Oficina de la Comisionada Laboral al (855-526-7775) y dejar su información de contacto. Todos los trabajadores también pueden llamar a la Oficina de la Comisionada Laboral para hacer preguntas u obtener información de cómo presentar un reclamo de salario por horas de enfermedad pagadas al (833-526-4636). 

La División de Cumplimiento de Normas Laborales del Departamento de Relaciones Industriales, o la Oficina de la Comisionada Laboral de California, combate el robo de salarios y la competencia desleal, investigando denuncias de prácticas comerciales ilegales e injustas.

La Oficina de la Comisionada Laboral lanzó en el 2020 una campaña de divulgación interdisciplinaria, “Llegar a todos los californianos”. La campana amplia las protecciones básicas y crea vías a las poblaciones afectadas para que los trabajadores y los empleadores entiendan las protecciones y obligaciones legales y los procedimientos de cumplimiento de la Comisionada Laboral.  Los californianos pueden seguir a la Comisionada Laboral en Facebook y Twitter.

Contacto: Communications@dir.ca.gov, (510) 286-1161